• La conservación y acceso

En los archivos audiovisuales, como en todo archivo, la conservación y el acceso son dos procesos integrados, separados solamente por cuestiones operativas y de análisis. Es tal la relación de interdependencia, que el acceso(62) puede considerarse como una parte integrante de la conservación. Y aún cuando sea necesaria la conservación para garantizar la accesibilidad permanente o indefinida de un documento audiovisual en el máximo estado de integridad, esta acción fundamental para los archivos audiovisuales no tiene un fin en sí misma: sin acceso, la conservación carece de sentido.

La fragilidad y fugacidad de los medios audiovisuales y sus características tecnológicas, así como las complicaciones jurídicas y comerciales que rodean a la accesibilidad otorgan a estos procesos un valor importante a la hora de interpretar y contextualizar el material recopilado y, sobre todo, a considerar dentro del marco de la gestión y la utilización de los archivos audiovisuales. El buen o mal uso que se haga de los documentos archivados, como por ejemplo, la emisión o venta de copias de mala calidad o la práctica estereotipada de incorporar secuencias antiguas en los documentales de televisión a una velocidad indebida, devalúa y genera impresiones erróneas sobre el funcionamiento de los archivos audiovisuales. Por tanto, se define conservación en los archivos audiovisuales, como la parte fundamental del conjunto de elementos principales y necesarios para la facilitación de acceso de su patrimonio y su funcionamiento, pero al mismo nivel de importancia que el acopio, la gestión o la promoción.

De hecho, el campo de actuación de la conservación cubre casi la totalidad de las funciones, procedimientos, principios, actitudes, instalaciones y actividades de custodia correspondientes a un archivo como por ejemplo la restauración del soporte, donde se incluye el almacenamiento adecuado con un mantenimiento físico continuo o permanente de los soportes; la labor de copia, tratamiento o procesamiento del contenido visual y/o sonoro de los documentos almacenados; e incluso si fuera necesario, el de su restauración o reconstrucción(63) en caso de daño, material defectuoso; o bien el de la recreación o emulación de procedimientos técnicos, equipamientos y entornos de presentación en desuso o ante la pérdida total de una versión definitiva, o si no se hubiera acabado el proceso de producción y/o edición final de un importante documento audiovisual(64).Y finalmente, la investigación y acopio de información con la intención de prestar apoyo a las anteriores actividades.

En realidad, y por motivos históricos, muchas veces se emplea el término conservación como mero sinónimo de copia o duplicación; y esto sucede porque en otros tiempos para explicar que la única manera de conservar (es decir, salvar) una película fílmica de nitrato en peligro consistía en copiarla en una película de acetato. De este modo, suele perpetuarse la idea errónea de que con hacer una copia a partir de un soporte en peligro se pone punto final a la cuestión, cuando, en realidad, sólo se trata de un punto y seguido.

La conservación(65) no es un procedimiento diferenciado, sino una tarea de gestión que no tiene fin. La supervivencia a largo plazo de una grabación o una película, si es que sobreviven, vendrá determinada por la calidad y el rigor de ese proceso en el curso de sucesivos regímenes de gestión que se adopten en un futuro indeterminado. Jamás se ha conservado nada; en el mejor de los casos, está en curso de conservación(66)

Por otra parte, el concepto acceso se refiere a cualquier tipo de uso que se haga del acervo, servicios o conocimientos de un archivo audiovisual, con inclusión de la reproducción directa de material sonoro e imágenes en movimiento que formen parte de la colección y la consulta de fuentes de información sobre el material sonoro y las imágenes en movimiento integrantes de los fondos conservados y sobre los temas que abordan.

El acceso puede tener un carácter activo si es iniciado por los responsables del propio archivo(67), o bien reactivo si lo inician los usuarios del mismo. Una fase ulterior puede consistir en facilitar copias del o de los documentos audiovisuales seleccionados por el usuario. Para todos los servicios de acceso, los archivos audiovisuales han de tener presente la situación de los derechos de autor, ya que facilitar un acceso público supone de antemano que se tiene el permiso del titular del derecho de autor y, con frecuencia, abonar sus respectivos costos de derechos de difusión. Como productos comerciales, los archivos audiovisuales son percibidos por el titular del derecho de autor como fuentes que encierran grandes posibilidades de generar ingresos, no obligatoriamente por quien lo custodia. Se trata de una cuestión compleja que se complica rápidamente con el cambio tecnológico, por lo que los archivos han de tener regularmente a su disposición asesoramiento jurídico.

No hay que olvidar que para fortalecer el acceso a los archivos audiovisuales, se tendría no sólo que restaurar los documentos que integran el acervo (es decir, subsanar los efectos de los desperfectos y el paso del tiempo), sino también crear versiones reconstruidas de películas, programas y grabaciones que hayan sobrevivido incompletos, con lo cual facilitarán su comprensión.

De ahí que será necesario reunir elementos incompletos o fragmentarios procedentes de fuentes diversas que se reordenarán para formar un todo coherente, lo cual supone a veces un grado considerable de manipulación de las imágenes o los sonidos para llenar los huecos que dejan las fuentes originales. Estas reconstrucciones son, efectivamente, producciones nuevas dirigidas al público contemporáneo y pueden ser bastante distintas de la obra original. Con este motivo, ha de prepararse una memoria de la reconstrucción para garantizar la completa documentación de esta información. La reconstrucción no influirá en la conservación de las fuentes originales, que deberán mantenerse disponibles y permanecer potencialmente así. En la medida de lo posible, al facilitar el acceso a los archivos, se le facilitará a los usuarios información contextual, ayudándoles a entender la forma y el contexto originales e instándoles a utilizar con integridad las copias suministradas.

Y aún cuando el deber primordial de los archivos audiovisuales sea conservar los documentos o contenidos que custodian, tampoco habrá que olvidar que el objetivo último de la conservación, es ofrecer el acceso permanente a las personas, tal como se reconoce en tanto que derecho público fundamental(68), principios que concuerdan con la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948) y su Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966). Es cierto que en el ámbito de la conservación y el acceso, las perspectivas son distintas dependiendo de si se trata de un archivo no comercial o comercial(69). El primero suele considerar sus fondos como objetos culturales; el propósito de conservar material y facilitar el acceso obedece a consideraciones basadas en el valor cultural y a la demanda de investigación, conceptos que ocupan un lugar destacado en las prioridades establecidas. El segundo practica una especie de gestión de los activos, por lo que las prioridades de conservación vienen determinadas por las circunstancias de la comercialización, como las fechas de lanzamiento en el caso de los CD, los DVD o la televisión por cable.


62. Se refiere a cualquier tipo de uso que se haga de los fondos, servicios o conocimientos de un archivo, con inclusión de la reproducción directa de material sonoro e imágenes en movimiento que formen parte de la colección y la consulta de fuentes de información sobre el material sonoro y las imágenes en movimiento integrantes de la colección y sobre las materias que representan.
63. Se entiende por reconstrucción una versión nueva de una obra que puede a veces ser bastante distinta a la original, si además se consigue reuniendo elementos incompletos o fragmentarios procedentes de fuentes diversas que se reordenan para formar un todo coherente, lo cual a veces supone un grado considerable de manipulación de las imágenes o los sonidos y la utilización de dispositivos de empalme, con un fin de consulta determinado y normalmente con fines de presentación pública. Al ir dirigida a un público contemporáneo, puede que vaya perdiendo utilidad con el paso del tiempo a medida que los gustos del público cambian, la tecnología evoluciona o se descubre nuevo material original. La reconstrucción es distinta de la restauración, que consiste en eliminar lo que se acumula en una copia de conservación con el paso del tiempo (como los ruidos añadidos por el uso o los desperfectos), pero sin manipular en absoluto el contenido. De hecho, la conservación de los elementos originales de la reconstrucción no se verá alterada por el proyecto. Estos elementos se mantendrán en su forma original, y quedarán registradas en una memoria que documentará con toda precisión el proceso de reconstrucción, comprendidas todas las decisiones técnicas y artísticas adoptadas, las investigaciones llevadas a cabo, los juicios formulados y las razones correspondientes. Se agregará otro tipo de información pertinente, como datos sobre las publicaciones conexas, material publicitario, productos, etc. Habrá de ser posible estudiar el resultado final acompañado de la memoria y entender exactamente cómo se ha obtenido tal resultado. Además, toda copia de distribución o presentación pública de la reconstrucción de documentos audiovisuales deberá ir acompañada de información contextual completa sobre: la identificación de la obra como reconstrucción y en qué se diferencia del original; como se realizó el proceso de reconstrucción.
64. Tal es el caso de obras cinematográficas consideradas joyas del patrimonio audiovisual de la humanidad, como muchos de los filmes célebres del cine mudo (ejemplificados en Que Viva México del famoso creador ruso Serge M. Eisenstein) donde los archivos audiovisuales ofrecen equipos y procedimientos técnicos, investigación y acopio de información con vistas a prestar apoyo a las actividades de restauración y reconstrucción de documentos.
65. Además el empleo equivocado del término conservación plantea problemas de índole comercial. A título de ejemplo: la expresión habitual remasterización digital que aparece en etiquetas y envoltorios de DVD o videocasetes apunta a algo más que el simple proceso de copia en bruto, que es lo que probablemente ha ocurrido. Los servicios que ofrecen la "conservación" de las películas caseras de 8 milímetros copiándolas en un DVD insinúan algo más que el simple cambio de formato que se anuncia.
66. Op. cit. 2
67. El acceso activo no tiene más limitaciones que la imaginación. Comprende la retransmisión periódica por radio o televisión de material procedente de los fondos, proyecciones públicas, el préstamo de copias o grabaciones con fines de presentación fuera del archivo, la preparación de versiones reconstruidas de películas o programas que sólo existen en versión parcial o deteriorada, la creación de productos inspirados en los fondos (CD, DVD, VCR) para aumentar la disponibilidad universal del material, la digitalización del material y la disponibilidad en línea y todo tipo de exposiciones, conferencias y ponencias.
68. Todo individuo tiene derecho a una identidad y, por consiguiente, tiene derecho a tener acceso a su patrimonio documental, comprendido el patrimonio audiovisual, lo que comprende saber que éste existe y dónde se encuentra. Para ampliar todos este tipo de propuestas dedicadas a la conservación, acceso y gestión de los archivos audiovisuales, consultar en UNESCO la Recomendación sobre la salvaguardia y la conservación de las imágenes en movimiento, las Directrices Generales Memoria del Mundo (www.unesco.org/webworld/mdm) o el Código de Ética de la FIAF (http://www.fiafnet.org/es/members/ethics.cfm)
69. También en algunos archivos audiovisuales privados no se facilitan el acceso a personas externas, y su política de acceso radica sólo en atender a sus usuarios internos. Por el contrario, algunos archivos públicos o institucionales optan por facilitar acceso a usuarios no comerciales, sin ánimo de lucro. En ambos casos, la función de brindar acceso es la misma.

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