Acto que supone una modificación de los estatutos, por el que se disminuye la cifra del capital social. Las finalidades de una reducción del capital social pueden ser: Devolver a los accionistas parte de sus aportaciones por tener la sociedad un exceso de recursos propios. O bien, condonar dividendos pasivos pendientes.Eliminar el activo ficticio, al objeto de restablecer el equilibrio contable entre los recursos propios y el activo real. El T.R.L.S.A. establece la obligatoriedad de disminuir el capital cuando las pérdidas hayan disminuido su haber por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital social y hubiese transcurrido un ejercicio social sin haberse recuperado el patrimonio. Debe ser aprobado en Junta General de Accionistas y publicado en el BORME y en dos periódicos de gran circulación en la provincia en que la sociedad tenga su domicilio.
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