Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor-librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor-librado) de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento. Los elementos personales son: a) Librador: persona que emite la letra de cambio (acreedor) dando la orden de pago a otra persona (deudor). b) Librado: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor). c) Endosante: acreedor (original o posteriores) que transmite su derecho de cobro. d) Endosatario: persona (acreedor actual) a quien se ha transmitido el derecho de cobro. e) Tenedor: persona poseedora del título en cada momento. f) Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.
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