Es el capital aportado por los socios en las sociedades que revisten forma mercantil, bien en el momento de su fundación, bien en sucesivas ampliaciones que hayan tenido lugar. Se halla dividido en participaciones (sociedades limitadas) o en acciones (sociedades anónimas) y representa la suma del valor nominal de todos los títulos suscritos por los socios. Contablemente es una partida del Balance que se integra dentro de los fondos propios. A las sociedades limitadas se les exige un capital mínimo de 3.005,06 euros (500.000 pesetas), que debe estar totalmente suscrito y desembolsado en el momento de su constitución. A las sociedades anónimas se les exige un capital mínimo de 60.101,21 euros (10 millones de pesetas), que en el momento de su constitución debe estar totalmente suscrito y desembolsado al menos en su 25 por 100.
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