Está constituido por los bienes de naturaleza mueble que forman parte del patrimonio de una persona física o jurídica y que carecen de situación fija, pudiendo desplazarse o trasladarse a voluntad sin que sufran menoscabo alguno. En particular, se incluyen el dinero en metálico o depositado en cuentas bancarias y los títulos de renta fija o variable. A efectos del IRPF, los rendimientos derivados de la tenencia de estos bienes (dividendos y participaciones en beneficios, intereses, derechos de arrendamiento, etc.) son objeto de gravamen en concepto de rendimientos del capital mobiliario y se integran en la base imponible del impuesto.
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