Capacidad de la persona para celebrar un contrato con efectos jurídicos, asumiendo derechos y obligaciones. En el ámbito laboral, pueden contratar la prestación de su trabajo quienes tengan plena capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en la legislación civil: en términos generales, los mayores de edad que no se encuentren incapacitados; los menores de dieciocho y mayores de dieciséis años, que vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores o con autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo; y los extranjeros de acuerdo con lo dispuesto en la legislación específica sobre la materia.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8