Defectos de calidad y cantidad presentados en la cosa objeto de la venta que imposibilitan al comprador al goce y disfrute de la misma. El vendedor estará obligado al saneamiento de estos aunque los desconozca, pero no de los que estén patentes. El comprador por su parte podrá plantear una reclamación en el plazo de treinta días siguientes a la compraventa. El comprador podrá optar por deshacer la compraventa o rebaja del precio y reclamar por los daños y perjuicios sufridos en cualquier caso.
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