Elemento del municipio, el término municipal es el territorio en que el ayuntamiento ejerce sus competencias. La alteración de términos municipales se regula por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, sin que la alteración de términos municipales pueda suponer la modificación de los límites provinciales. En cualquier caso, la alteración de términos municipales requiere que se dé audiencia a los municipios interesados, y un dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, si existe.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8