Órgano superior al frente de una Secretaría de Estado, se ocupa de un sector de actividad fácilmente distinguible dentro de un Ministerio. Los Secretarios de Estado dirigen y coordinan las Direcciones Generales o Secretarías Generales bajo su dependencia, respondiendo ante el Ministro del que dependen de la ejecución de los objetivos fijados para su Secretaría de Estado. La presencia de las Secretarías de Estado no es obligatoria; en el caso de que existan, su número, denominación y ámbito de competencia se establece mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno.
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