Contrato por el que la entidad aseguradora se obliga a indemnizar al asegurado por los daños derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceras personas de las cosas aseguradas. Esta sustracción puede adoptar diversas formas: Robo: sustracción de los bienes señalados en la póliza mediante actos que impliquen fuerza o violencia en las cosas. Expoliación: sustracción de los bienes asegurados, contra la voluntad de los asegurados, mediante actos de intimidación o violencia, realizados sobre las personas que los custodian. -Hurto: tomar, contra la voluntad del asegurado, los bienes asegurados en la póliza, sin empleo de fuerza o violencia en las cosas, ni violencia ni intimidación sobre las personas. Art. 50º a 53º de la LCS.
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