Es una modalidad de pago a cuenta a la que están obligados los pagadores de ciertos rendimientos dinerarios, sean personales o de capital, y consiste en detraer una parte de los mismos, con ocasión de los pagos que realice a otros obligados tributarios, e ingresarla en la Administración tributaria a cuenta del tributo que corresponda al perceptor. Su forma de cálculo se regula con detalle en los reglamentos del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. Están sometidos a retención los rendimientos del trabajo, los honorarios o rendimientos de actividades profesionales, las rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos o las rentas de capital mobiliario (dividendos, intereses de cuentas bancarias y valores de renta fija, etc.). Mientras las retenciones se calculan sobre los rendimientos dinerarios, los ingresos a cuenta, que constituyen otra modalidad de pagos a cuenta, se practican sobre las retribuciones o rendimientos pagados en especie.
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