Es aquella en la que una persona física pasa la mayor parte del periodo impositivo. Se toma como domicilio fiscal de la misma. Determina la obligación personal de contribuir en el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto sobre el Patrimonio. Se entiende que una persona física tiene su residencia habitual en territorio español y es contribuyente por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio cuando permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español o cuando radique en España el núcleo principal de sus actividades económicas.
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