Derecho de reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo una vez que hayan cesado las causas legales de suspensión del contrato de trabajo. A estos efectos, en los supuestos en los que la suspensión del contrato de trabajo se haya producido por mutuo acuerdo de las partes o por causas consignadas válidamente en el contrato de trabajo, se estará a lo que previamente haya sido pactado.
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