Posibilidad que tiene el tomador de un seguro de vida de anular el contrato y recibir una cantidad de dinero resultado de aplicar las tablas de valores fijadas en la póliza. La Ley del Contrato del Seguro establece que el tomador de un seguro de vida podrá ejercitar el derecho de rescate mediante la oportuna solicitud, siempre que haya pagado las dos primeras anualidades de la prima. De igual manera establece que en los seguros de supervivencia, y en los seguros temporales para caso de muerte, no será de aplicación el derecho al rescate, aunque las aseguradoras podrán concederlo en los términos que establezca el contrato.
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