En el ámbito de la Seguridad Social, el sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), se estableció como consecuencia de la Orden de 3 de abril de 1995, sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, y se ha ido ampliando sucesivamente en relación con otras actuaciones, como son el envío de partes de baja médica, confirmación de la baja y alta médica relativas a procesos de incapacidad temporal, o la implantación del sistema de cobro por ventanilla, respondiendo a la necesidad de mejora en la gestión encomendada a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para lograr su objetivo, este sistema requiere su implantación en las empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, así como de los profesionales colegiados y demás personas que actúen en representación suya.
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