El remanente son beneficios no distribuidos ni aplicados a ninguna partida específica, su aplicación la deciden los accionistas en la Junta Ordinaria de cada ejercicio. Según el Plan General de Contabilidad, esta partida pertenece al "Grupo 1. Financiación Básica", se consideran recursos propios de la empresa. Los beneficios acumulados, así como otros recursos propios generados por operaciones de capital incorporados al pasivo del balance se reconocen en el "subgrupo 12. Resultados pendientes de aplicación", en concreto, la partida de remanente se registra en la "cuenta 120.Remanente" del Plan General de Contabilidad.
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