Procedimientos que surgen debido a la necesidad de actuación de la Administración Pública, y a la imposibilidad de ajustar esta actuación a las normas de un único tipo de procedimiento. No se trata de procedimientos completamente distintos del procedimiento administrativo común, sino de la adecuación de algunas normas de éste a las distintas situaciones posibles. En la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común se regulan dos procedimientos administrativos especiales: el procedimiento sancionador y los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8