Conocida como PRA. Potencia real con la que transmite una emisora. Para calcularla se tiene en cuenta la potencia del transmisor, la directividad y ganancia del sistema radiante (antenas) y las pérdidas de los elementos pasivos del sistema de transmisión. A todas las emisoras se le asigna una PARA según la normativa vigente, regulada por la Dirección General de Telecomunicaciones, que es quien distribuye las frecuencias y potencias para acotar el alcance de la emisión, según el número de habitantes, la densidad de población (zona rural, urbana y gran ciudad), el tipo de emisión (mono o estéreo) y el tipo de polarización.
Términos vinculados:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8