Sociedades o Asociaciones reconocidas por la ley, constituidas para la consecución de un fin que tiene personalidad independiente e individualidad propia, diferenciada de los miembros que la forman y a la que el derecho concede capacidad jurídica. Estos miembros pueden ser personas físicas y personas jurídicas. El Código Civil, en su artículo 38 indica que pueden adquirir y poseer bienes de todas clases, contraer obligaciones y ejercitar todo tipo de acciones conforme a las leyes y reglas de su constitución. Para ejercitar cualquier tipo de acción, las personas jurídicas actúan por medio de representantes o a través de órganos de dirección o gestión.
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