Este concepto se aplica a la pérdida de valor posible de determinados elementos patrimoniales de la empresa, saldos de clientes, existencias, valores negociables, inmovilizado, etc., con respecto al inicio del ejercicio económico, por ejemplo: unas acciones que han bajado en bolsa, un cliente moroso, etc. Las pérdidas de carácter reversible se registran en contabilidad bajo la rúbrica de “provisiones”. La razón de contabilizarlas se debe a la aplicación del principio de prudencia del Plan General de Contabilidad.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8