Es aquel párrafo en el informe de auditoria en el que el auditor pone énfasis o destaca algún asunto relacionado con las cuentas anuales, a pesar de que figure en la memoria, pero sin que ello suponga ningún tipo de salvedad en su opinión. Las circunstancias por las que se incluye un párrafo de énfasis son excepcionales. En este caso podrían encontrarse las indicaciones relativas a que la entidad auditada ha realizado transacciones importantes con entidades o personas vinculadas a ella, cuando éstas sean no usuales, que han sucedido acontecimientos con efectos importantes entre la fecha de cierre del ejercicio y la del informe de auditoría que no modifiquen las cuentas anuales, que la entidad no ha aplicado uno o varios principios o normas contables generalmente aceptados en aquellos casos excepcionales en que su aplicación impidiera que las cuentas anuales presentaran la imagen fiel, o que en los resultados extraordinarios se recojan gastos o ingresos correspondientes a ejercicios anteriores, cuando estos sean significativos. Al no tratarse de una salvedad, el auditor no deberá hacer referencia a este párrafo de "énfasis" en su párrafo de "opinión". Sin embargo, un párrafo de salvedad, en ningún caso, debe ser sustituido por un párrafo de énfasis.
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