Compromiso escrito que una persona física o jurídica, denominada firmante, contrae de pagar a un beneficiario, un importe determinado, en un lugar de pago y a un vencimiento que en el documento se fijan. En el caso de no expresarse el vencimiento en el documento se considera pagadero a la vista. Los requisitos legales para su emisión y sus características vienen reguladas por la Ley cambiaria y del Cheque.
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