Cuando el auditor concluye que existen circunstancias significativas que impiden que las cuentas anuales representen la imagen fiel, emite una opinión con salvedades. Estas circunstancias son las siguientes: limitación al alcance. Error o incumplimiento de normas y PCGA (Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados). Incertidumbres. Cambios en principios contables.
Ante un informe con salvedades el auditor ha de utilizar la expresión "excepto por" para presentar la salvedad o salvedades, haciendo referencia a otro párrafo "intermedio" en el que se describirá la naturaleza, razones y cuantificación (cuando sea posible) de las mismas.
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