Dentro de una relación contractual, supone la equivalencia y reprocidad de las prestaciones objeto del contrato entre cada una de las partes que lo integran. El Código Civil, añade “oneroso” entre los requisitos que debe poseer una compraventa para tener la consideración de civil, entendiendo que debe existir una contraprestación por ésta y en ningún momento debe ser gratuita.
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