Es la actividad o conjunto de actividades para cuya realización se constituye una sociedad. Ha de ser lícito, determinado y posible. Delimita los actos y negocios a los que la sociedad se puede dedicar, y debe aparecer descrito en sus estatutos. Cuando una sociedad cambia de objeto social, debe practicar una modificación de sus estatutos, e inscribir en el Registro Mercantil el acuerdo de modificación del objeto social tomado por sus socios.
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