Las personas o entidades responsables de la obtención o “creadores” de una nueva variedad vegetal mediante programas de mejora y biotecnología. Para gozar de los derechos de obtentor, comercializar y producir una variedad, es necesario solicitarlo al registro de variedades comerciales, y se concede por un periodo de tiempo limitado mínimo de 25 años. Actualmente existe cierta polémica entre los derechos de los agricultores y los de los obtentores, argumentando los países pobres especialmente , que las empresas de semillas producen variedades tomando como base las variedades locales o material vegetal de la zona, que una vez registrados se comercializan cobrando derechos de obtentor sin que ellos reciban ningún tipo de beneficio.
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