Proceso en el que participan los representantes de los trabajadores y los empresarios, o sus representantes, con el objetivo de alcanzar un acuerdo acercando las distintas posiciones que, en materia laboral, tienen cada una de las partes. Las organizaciones que tienen la consideración de sindicato más representativo gozan de capacidad representativa a todos los niveles territoriales y funcionales para la negociación colectiva, en los términos previstos en el Estatuto de los Trabajadores. Mediante acuerdos interprofesionales o por convenios colectivos, las organizaciones sindicales y asociaciones patronales más representativas, de carácter estatal o de Comunidad Autónoma, podrán establecer la estructura de la negociación colectiva. Los convenios colectivos son el resultado de la negociación desarrollada por los representantes de los trabajadores y de los empresarios, constituyendo la expresión del acuerdo libremente adoptado por ellos en virtud de su autonomía colectiva.
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