Hay tres tipos de mandos a dos manos, su selección se determina por evaluación del riesgo. -Tipo I. Requiere: Acción concomitante (conjunta) con las dos manos de dos dispositivos de mando Acción concomitante continuada mientras existe la condición peligrosa El funcionamiento de la máquina deberá interrumpirse cuando uno o ambos dispositivos de mando es liberado mientras se mantengan las condiciones peligrosas. -Tipo II. Es el mando tipo I que necesita la liberación de los dos dispositivos de mando antes de que el funcionamiento de la máquina pueda ser reiniciado. -Tipo III. Un mando de tipo II que requiere la acción conjunta de los dispositivos de mando en un plazo de 0,5 s y que, si se rebasa este tiempo no permite la nueva puesta en servicio hasta que se han soltado ambos dispositivos. La normativa relativa a mandos a dos manos está recogida en la norma UNE-EN 60204-1, apartado 9.2.5.7
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