Cese de la actividad laboral del trabajador cuando alcanza la edad y cumple con los demás requisitos establecidos en la normativa de aplicación. Generalmente, la edad ordinaria que permite acceder a un trabajador a la jubilación es de 65 años, aunque la legislación vigente contempla diferentes tipos de jubilación tomando en consideración edades distintas, regulándose la jubilación parcial y la jubilación anticipada. Encontrarse en situación de jubilación permite al trabajador obtener una pensión cuya cuantía estará en función de las cotizaciones efectuadas, así como de los años de cotización al sistema de la Seguridad Social. La jubilación del trabajador es una causa de extinción del contrato de trabajo. En los convenios colectivos podrán establecerse cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad ordinaria de jubilación, cumpliendo los requisitos legalmente establecidos en relación con la política de empleo y con los exigidos para que el trabajador tenga derecho a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8