Trabajos realizados por miembros de la familia del empresario. A los efectos de no incluir estos trabajos en el ámbito de regulación del Estatuto de los Trabajadores, tendrán la consideración de familiares, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8