Aquellas personas físicas y jurídicas que realicen actividades empresariales o profesionales, deberán realizar declaración anual de las operaciones realizadas con proveedores y terceras personas cuyo importe supere 3005 € durante el año natural. Para facilitar este seguimiento, las empresas utilizan el registro de proveedores y operaciones con terceras personas, a fin de simplificar los cálculos en el momento de la declaración. Están excluidas de declaración las operaciones que hayan sido objeto de retenciones a cuenta de IRPF o impuesto de sociedades.
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