Es uno de los métodos empleados en el IRPF para calcular la base imponible de las actividades empresariales o profesionales y consiste en obtener el rendimiento neto o renta derivada de las mismas como diferencia entre ingresos y gastos, calculados ambos en base a las normas del Impuesto de Sociedades. Se aplica a empresarios y profesionales en los que el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de actividades que desarrollan supere 600.000 euros anuales o que hayan renunciado al método de estimación directa simplificada. Tratándose de empresarios mercantiles acogidos a este régimen, es obligatorio llevar una contabilidad con arreglo al Código de Comercio.
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