Primera fase del procedimiento administrativo común. El procedimiento administrativo común puede ser iniciado de oficio, o a solicitud de una persona interesada en el mismo. Cuando se inicie por un ciudadano, es necesario hacerlo mediante una solicitud de iniciación que recoja su petición. Además, si se trata de un procedimiento dirigido a una pluralidad de personas (por ejemplo, una solicitud para presentarse a una oposición), las Administraciones Públicas deben establecer modelos y sistemas normalizados de solicitudes. Estos modelos están a disposición de los ciudadanos en las correspondientes dependencias administrativas.
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