Situación que puede declarar el Gobierno, previa autorización del Congreso de los Diputados cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas y de los servicios públicos esenciales o cualquier otro aspecto del orden público resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias sea insuficiente para restablecerlo y mantenerlo. El Gobierno debe remitir una solicitud de autorización al Congreso en la que se determine, entre otros, los efectos del estado de excepción, las medidas a adoptar respecto a los derechos cuya suspensión se solicita, el ámbito territorial y la duración del estado de excepción, con un máximo de treinta días.
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