A partir de la aplicación del Tratado de la Unión Europea, las operaciones realizadas entre los países pertenecientes a la Unión se denominaron Operaciones Intracomunitarias. Se encuentran dentro de esta clasificación junto con las adquisiciones intracomunitarias, las entregas intracomunitarias. La mercancía es enviada por España hacia un Estado miembro de la Unión Europea. Este tipo de operación tiene la consideración de operación exenta plena en el Impuesto del IVA.
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