Copia de una factura expedida por el proveedor de una mercancía en la que se incluye las mismas condiciones y conceptos que en la primera. Los empresarios y profesionales sólo podrán expedir un original de cada factura, sin embargo la ley del IVA establece que podrán emitirse duplicados cuando en una misma operación concurran varios destinatarios, o en caso de pérdida. En este caso es obligatorio que se incluya la expresión Duplicado en la copia y la razón de su expedición.
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