Entidad a la que corresponde el gobierno y la administración provincial, salvo en aquellas provincias donde esté atribuida a otras Corporaciones de carácter representativo. Entre otras competencias, la Diputación Provincial debe aprobar anualmente un plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en cuya elaboración deben participar los municipios de la provincia, así como asegurar el acceso de la población de la provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal, y la mayor eficacia y economía en la prestación de éstos mediante fórmulas de asistencia y cooperación municipal.
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