En el caso de las Cortes Generales, es el órgano que realiza las funciones del Congreso de los Diputados y del Senado cuando se esté fuera del período de sesiones, cuando se hayan disuelto o cuando hayan finalizado su mandato. En cada Cámara debe formarse una Diputación Permanente por, al menos, veintiún miembros que representen a los distintos Grupos Parlamentarios en proporción a su importancia numérica, debiendo estar presididas por el Presidente de la Cámara correspondiente. Este mismo órgano también lo encontramos en las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
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