Es uno de los tipos de diferencias que pueden producirse entre resultado contable y resultado fiscal en el momento de liquidar el Impuesto de Sociedades. Se debe a la existencia de diferentes criterios de imputación o reparto temporal de ingresos y gastos en el plano contable y en el plano fiscal. A diferencia de las diferencias permanentes, se compensa en años posteriores, dando lugar a un ajuste de signo contrario. Las diferencias positivas producen un incremento de la base imponible y un mayor gravamen. Pueden consistir en amortizaciones o provisiones para insolvencias que se reflejan contablemente por encima de los importes establecidos como máximos en la normativa fiscal. Dan lugar a un impuesto anticipado que revierte en el futuro minorando la factura fiscal. Las diferencias negativas producen una minoración de la base imponible y un menor gravamen. Pueden consistir en amortizaciones que a efectos fiscales se contabilizan por encima de sus importes contables, si el sujeto pasivo se acoge a los supuestos de libertad de amortización. Dan lugar a un impuesto diferido que revierte en el futuro aumentando la factura fiscal.
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