Representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Serán designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas. El número de Delegados de prevención está en función del número de trabajadores en la empresa. En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de prevención será el Delegado de personal, en las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de prevención que será elegido por y entre los Delegado de personal, y a partir de cincuenta trabajadores su número oscilará entre dos y ocho Delegados de prevención.
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