Órgano directivo de la Administración periférica del Estado con rango de Subsecretario, representa al Gobierno en el territorio de la Comunidad Autónoma donde esté destinado. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas dependen de la Presidencia del Gobierno, y deben ser nombrados y separados mediante Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno, y tienen su sede, por lo general, en la localidad donde radica el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Les corresponde ejercer la dirección y la supervisión de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos situados en su territorio.
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