Unidad primera de división inventarial de un monte sujeto a ordenación, constituido por una superficie que debe reunir las mayores condiciones de homogeneidad en cuanto a altitud, especie, exposición, condiciones de saca y sucesión de los aprovechamientos. Su superficie recomendada en las correspondientes instrucciones de ordenación varía según el tipo de monte, dándose valores de entre 100 y 1000 ha. Se subdividen a efectos de inventario en cantones de 10 a 30 ha. Tras la determinación del modelo de usos para el monte en cuestión, se definirán los Cuarteles de Ordenación, que pueden no coincidir con los de inventario.
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