Es el importe a aminorar en el impuesto sobre beneficios que hay que pagar en años sucesivos, derivado de la existencia de bases imponibles negativas de dicho impuesto pendientes de compensación. Es un derecho de crédito sobre la Hacienda Pública y se cuantifica con la base imponible negativa por el tipo de gravamen del ejercicio. El Plan General Contable los registra en la cuenta 4745. Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio, etc.
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