Es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. En un contrato de seguro pueden intervenir varios elementos: asegurador, tomador del seguro, asegurado y beneficiario. La ley que delimita el contenido de estos contratos es la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro (LCS).
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