Es la formulada por escrito por un contribuyente ante la Administración tributaria, en caso de duda sobre la aplicación de la normativa tributaria, para conocer sus obligaciones fiscales en un supuesto concreto o las consecuencias fiscales de un determinado acto. Se distingue entre consultas vinculantes y no vinculantes. Consultas no vinculantes son aquellas en que las contestaciones tienen carácter de mera información y no vinculan ni a la Administración, ni al contribuyente. No obstante, si el contribuyente ajusta su actuación y cumple sus obligaciones tributarias de acuerdo con lo establecido por la Administración en su contestación, no incurre en responsabilidad y queda eximido de la posible sanción, sin perjuicio de la exigencia de las cuotas, recargos e intereses de demora pertinentes.
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