En vigor desde el 29 de diciembre de 1978, es la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico. Podemos diferenciar dos partes: una parte dogmática, que recoge los principios básicos que inspiraron su elaboración. Y una parte orgánica, en la que se expone el sistema de organización y funcionamiento de las instituciones de nuestro sistema democrático. La Constitución es de obligado cumplimiento tanto para los ciudadanos como para los poderes públicos y es directamente aplicable por Jueces y Tribunales. Además, no puede ser derogada ni modificada por otra norma jurídica, ya que para reformar la Constitución hay que hacerlo según el procedimiento recogido en su Título X.
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