Las Normas Técnicas de Auditoría consideran las confirmaciones como uno de los métodos de obtener evidencia de auditoría. Las confirmaciones consisten en obtener corroboración, normalmente por escrito, de una información contenida en los registros contables, así como la carta con las manifestaciones de la Dirección del cliente. Por ejemplo: el auditor, normalmente, deberá solicitar confirmación de saldos o transacciones a través de la comunicación directa con terceros (clientes, proveedores, entidades financieras, etc.). Las confirmaciones de terceros se regulan en la resolución de 24 de junio de 2003, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas.
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