A la hora de contar un plazo de tiempo en la Administración, es necesario tener en cuenta las reglas establecidas. La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijan en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprende los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial, a las que será de aplicación. Dicho calendario debe publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
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