Entidad territorial del Estado con autonomía política y administrativa. Mientras que las Entidades Locales sólo poseen autonomía administrativa (capacidad para gestionar sus propios intereses), las Comunidades Autónomas también tienen reconocida la autonomía política, lo que les permite dictar sus propias leyes y constituir un ordenamiento jurídico propio. La organización institucional de una Comunidad Autónoma se organiza en torno a una Asamblea Legislativa, un Consejo de Gobierno y a un Tribunal Superior de Justicia.
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