Tramite que debe hacerse ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social por parte de los empresarios ante la apertura de un centro de trabajo indicando donde se va a realiza la actividad económica o la reanudación de la actividad después de efectuar transformaciones o ampliaciones importantes. Se obtendrá y presentará en la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo, en el modelo oficial, por cuadruplicado, en el plazo de los 30 días siguiente al inicio de la actividad. Se debe aportar los datos de la empresa, del centro de trabajo, de la plantilla de trabajadores (si hay) y datos de la actividad que se desarrolla. La Inspección de Trabajo efectuará visitas a la empresa para su comprobación.
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